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EDUCACIÓN |
(La Opinión, 15-2-08)
El pasado lunes 28 de enero
la Consejería de Educación anunció haber acordado
con las principales organizaciones sindicales las características
del próximo proceso selectivo de acceso a los cuerpos docentes
de profesores de enseñanza secundaria, EOI, técnicos
de FP, música y artes escénicas y artes plásticas
y diseño.
Dicho acuerdo, como argumentaré, es un cúmulo de despropósitos
que se sitúan, todo hay que decirlo, en la onda de lo que
viene sucediendo en otras CC.AA. vecinas, y cuya responsabilidad
comparten a partes iguales no solo la Consejería de Educación,
sino también los sucesivos gobiernos centrales (a través
de los Reales Decretos 334/2004, de 27 de febrero y 276/2007, de
23 de febrero) así como, muy especialmente, los sindicatos
de enseñanza, autores intelectuales de los nuevos procedimientos,
últimamente más preocupados de frenar la huida de
afiliados hacia los nuevos sindicatos de interinos que de la calidad
de la enseñanza.
La sucesión de dislates comenzó en 2004, con el famoso
acuerdo de 27 de abril suscrito entre la Consejería de Educación
y los principales sindicatos para la provisión de puestos
de trabajo en régimen de interinidad (Resolución de
la Consejería de Hacienda de 6 de mayo, BORM de 22 de mayo).
Dicho acuerdo contemplaba dos aspectos bien diferenciados, uno muy
positivo y otro a todas luces nefasto: por una parte, se acordó
reducir la tasa de interinidad hasta el 7% mediante sucesivas ofertas
de empleo público para favorecer la estabilidad; bien por
ello. Otra cosa que hizo este acuerdo fue blindar las bolsas de
trabajo de profesores interinos existentes antes de las oposiciones
de 2004, impidiendo la entrada en ellas, así como su reordenación
interna. Esto quiere decir que un opositor novel que sacara un 9
en 2004 y no consiguiera plaza quedaría en las bolsas de
trabajo relegado por detrás de los que ya estaban, aunque
nunca hubieran sacado más de un uno en ninguna convocatoria,
y así sucedió. En definitiva, se excluyó del
derecho al trabajo a personas cuyo único delito había
sido nacer en un año equivocado, y sucede que sin trabajar
no se acumulan puntos, y sin puntos no hay nada que hacer en la
fase de concurso del proceso selectivo.
La siguiente perla de la Consejería de Educación fueron
las bases de la oposición de 2004: exaltaron la valoración
de la experiencia docente en el concurso de méritos mientras
se redujo la puntuación por expediente académico.
Pasarse cinco años en la EOI aprendiendo una lengua pasó
a puntuar lo mismo que hacer un cursito de 50 horas en un sindicato.
Por último, y ésta es de traca, alguien pensó
que ser Premio Extraordinario de Licenciatura ya no era ningún
mérito. La intencionalidad era clara: hundir a aquellos que
acreditaban reconocidos méritos académicos para darle
la plaza al que más años llevase trabajando. Y así
fue.
En 2006 se siguió con la misma tónica, y los nuevos
opositores que consiguieron una plaza, sólo pudieron hacerlo
porque en algunos tribunales aprobaron menos candidatos que plazas
se ofertaban, por lo que el concurso de méritos decidía
la ordenación final de candidatos pero no el hecho de obtener
plaza.
Como decía, ahora empezamos a conocer los detalles que Consejería
y sindicatos nos preparan para 2008, y no tienen desperdicio: en
primer lugar, se sacarán por sorteo cinco bolas del temario
y no dos como sucedía hasta ahora para el desarrollo escrito
de un tema a elección del opositor. Se convierte así
el proceso en una lotería, a la vez que desincentiva que
el opositor prepare toda la materia, pues desechando la mitad del
temario, la probabilidad de que entre las cinco bolas salga un tema
que ha estudiado es superior al 98%. Más grave si cabe es
la eliminación de la prueba de contenidos prácticos
en casi todas las especialidades, que permitía abordar todo
el temario, no habiendo lugar para la suerte, y que por consiguiente
filtraba al opositor cualificado. Por otra parte, este hecho puede
propiciar que cualquier licenciado decida opositar por la especialidad
que más le plazca con posibilidades de aprobar. A modo de
ejemplo, que alguien conozca a la perfección la filosofía
de Kant no significa que sea filósofo. Sin práctico,
es posible superar el proceso con un poco de suerte y sin tener
idea de la materia.
La última guinda viene con la posibilidad que ahora se brinda
a los profesores interinos de sustituir su exposición oral
de una unidad didáctica por la elaboración previa
de un informe que será evaluado en su centro. Se aniquila
así también la capacidad del examen oral de evaluar
la competencia didáctica.
En definitiva, las modificaciones que año a año introduce
la Consejería de Educación son una mala noticia para
los opositores mejor formados, interinos o no, que no pueden demostrar
sus conocimientos, pues la intención de estas medidas es
que todos obtengan igual nota en las pruebas y que el concurso de
méritos ulterior dé la plaza al que más años
tenga. Con mis mejores deseos de consolidación laboral del
colectivo docente interino, creo sinceramente que ésta no
es la solución a la vieja problemática de la inestabilidad,
pues propiciará la entrada de personas sin preparación
al sistema, lo que, además de ser tremendamente injusto con
aquellos que sí ganaron su puesto de trabajo a pulso, no
va a hacer ningún favor a la calidad de la enseñanza
ni a la dignificación de la práctica docente.
J. Roberto Barrilado Martínez.
Profesor titular de Educación Secundaria. Miembro del Foro
Ciudadano.
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