ESTATUTOS del Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia

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ESTATUTOS

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Art. 1潞 Denominaci贸n.
La Asociaci贸n se denomina Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia.

Art. 2潞 脕mbito de actuaci贸n.
2.1 Su 谩mbito de actuaci贸n es la Regi贸n de Murcia, sin perjuicio de las actuaciones que sea necesario emprender fuera de sus l铆mites, en cumplimiento de los fines de la Asociaci贸n.

2.2 Previo acuerdo de la Asamblea General, se podr谩n constituir Secciones Locales o Comarcales que se denominar谩n 鈥淔oro Ciudadano de 鈥/鈥︹ seguido del nombre de la localidad o comarca que se constituya. Dichas secciones gozar谩n de autonom铆a org谩nica y funcional, de conformidad con lo establecido en los presentes Estatutos, a cuyas disposiciones han de ajustar su actuaci贸n.

2.3. Previo acuerdo de la Asamblea General, el Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia se podr谩 integrar o asociar en Federaciones, Confederaciones o Asociaciones de 谩mbito regional, nacional o internacional, cuyos objetivos y fines coincida con los de los presentes Estatutos.

Art. 3潞 Duraci贸n.
La duraci贸n de la Asociaci贸n ser谩 por tiempo indefinido.

Art. 4潞 Domicilio.
El Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia tiene su domicilio social en Calle San Nicol谩s, 1 鈥 2潞 - 30005 Murcia; sin perjuicio de la utilizaci贸n de otros locales en el 谩mbito de la Regi贸n de Murcia, temporalmente cedidos para el desarrollo de sus actividades.

Art. 5潞 Fines.
La Asociaci贸n no tiene fines lucrativos.

Se consideran fines de la Asociaci贸n:

1. Promover el debate p煤blico, la participaci贸n ciudadana, la movilizaci贸n social y la propuesta de soluciones concretas a los muchos problemas pol铆ticos, econ贸micos, sociales y culturales de la Regi贸n de Murcia.

2. Luchar por la profundizaci贸n de la democracia, la defensa de las libertades civiles, la resoluci贸n negociada de los conflictos pol铆ticos y sociales, la solidaridad social y territorial, el desarrollo ecol贸gicamente sostenible, la igualdad entre hombres y mujeres, la importancia c铆vica del laicismo, el respeto a la diversidad y al mestizaje cultural, la defensa del patrimonio cultural y ambiental, y el apoyo a la libre creatividad social. En resumen, luchamos por el respeto efectivo de los derechos civiles, pol铆ticos y sociales de todos los ciudadanos.

3. Colaborar activamente con todas las asociaciones civiles de 谩mbito regional que comparten nuestros objetivos, e implicarnos en todas las redes ciudadanas nacionales y globales que promueven un mundo m谩s justo y m谩s libre, m谩s solidario y m谩s habitable.

Art. 6潞 Asociados.
Podr谩n ser miembros de la Asociaci贸n todas aquellas personas mayores de edad que lo soliciten, se identifiquen con los fines de 茅sta y sean admitidas por la Junta Directiva.

Se contempla la posibilidad de que pertenezcan a ella, en las condiciones que regule la Ley, menores de edad interesados y empresas y colectivos, que podr谩n participar en calidad de socios adheridos.

En caso de que la Junta Directiva rechazase una solicitud de socio, lo comunicar谩 por escrito al interesado. 脡ste podr谩 alegar por escrito a la Junta Directiva lo que estime conveniente a su derecho. En caso de que la Junta Directiva mantuviese su criterio, lo incluir谩 dentro del orden del d铆a de la siguiente Asamblea General, que decidir谩 con car谩cter irrevocable.

Art. 7潞. Derechos y Deberes.
Son derechos de los asociados y asociadas:

1. Tomar parte con voz y voto en la Asamblea General
2. Elegir y ser elegidos miembros de los 贸rganos de gobierno de la Asociaci贸n.
3. Participar en las actividades de la Asociaci贸n.

Son deberes de los asociados y asociadas:

1. Cumplir los acuerdos adoptados por la Asociaci贸n.
2. Contribuir a los gastos de la entidad mediante el pago de la cuota que se establezca.

Art. 8潞. P茅rdida de la condici贸n de asociado o asociada.
La condici贸n de asociado o asociada se pierde:

a) Por baja voluntaria.
b) Por falta de pago de cuotas, seg煤n criterio de la Junta Directiva.
c) Por fallecimiento o incapacitaci贸n civil.
d) Por expulsi贸n, previa audiencia del interesado/a y tr谩mites oportunos.

La Junta Directiva formular谩 la propuesta a la Asamblea General, que ser谩 el 贸rgano decisorio.

Art. 9潞. 脫rganos de Gobierno de la Asociaci贸n.
Son 贸rganos de gobierno de la Asociaci贸n la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 10潞. De la Asamblea General.
La Asamblea General es el supremo 贸rgano de gobierno de la Asociaci贸n. A ella pertenecen de pleno derecho todos los asociados y asociadas. La Asamblea General se reunir谩 ordinariamente, al menos, una vez al a帽o para la aprobaci贸n de cuentas y presupuestos, y en la que la Junta Directiva informar谩 de su gesti贸n y rendir谩 cuenta de su actuaci贸n.

Con car谩cter extraordinario, los asociados y asociadas se reunir谩n siempre que sean convocados por la Presidencia, por la Junta Directiva o a petici贸n de la cuarta parte de los asociados y asociadas.

En todos los casos, los asociados y asociadas deber谩n recibir la notificaci贸n de la convocatoria por cualquier medio escrito, sea correo ordinario o electr贸nico, en un plazo no inferior a cuarenta y ocho horas, con especificaci贸n del orden del d铆a de la reuni贸n.

Para su constituci贸n en primera convocatoria, la Asamblea General requerir谩 la asistencia de, al menos, dos tercios de los asociados y asociadas. Caso de no alcanzar tal qu贸rum, se reunir谩 media hora m谩s tarde en segunda convocatoria, quedando v谩lidamente constituida cualquiera que sea el n煤mero de asociados y asociadas que asistan.

Art. 11潞. Atribuciones de la Asamblea General.
Son atribuciones de la Asamblea General de la Asociaci贸n:

a) Elegir los cargos de la Junta Directiva.
b) Aprobar los estados de cuentas de cada ejercicio.
c) Aprobar el presupuesto anual
d) Velar por el cumplimiento de los fines de la Asociaci贸n.
e) Fiscalizar la gesti贸n de la Junta Directiva y de sus miembros y, en caso de reprobaci贸n, someterlos a moci贸n de censura y cese, en su caso.
f) Modificar los Estatutos y acordar la disoluci贸n de la Asociaci贸n.
g) Aprobar la constituci贸n y disoluci贸n, en su caso, de los Foros Locales o Comarcales a los que se refiere el Art. 2.2. de estos Estatutos.
h) Aprobar la incorporaci贸n o desvinculaci贸n del Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia a las Federaciones, Confederaciones o Asociaciones a que se refiere el Art. 2.3. de estos Estatutos.

Art. 12潞. Adopci贸n de Acuerdos en Asamblea General.
La Asamblea General adoptar谩 sus acuerdos mediante votaci贸n y por mayor铆a simple. Ser谩 necesaria la mayor铆a absoluta de los asociados y asociadas en los siguientes casos:

1. Modificaci贸n de los Estatutos.
2. Disoluci贸n de la Asociaci贸n.
3. Cuestiones que se haya decidido reservar para su adopci贸n por mayor铆a absoluta.

Las decisiones que adopte la Asamblea General ser谩n vinculantes para todos los asociados y asociadas, siendo la Junta Directiva responsable del desarrollo y cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

Art. 13潞. De la Junta Directiva.
La Junta Directiva de la Asociaci贸n elegida en Asamblea General, est谩 compuesta por los siguientes cargos unipersonales: Presidencia, Vicepresidencia, Secretar铆a, Tesorer铆a y cinco Vocal铆as. Adem谩s, formar谩 parte de la Junta Directiva de la Asociaci贸n en calidad de Vocales, un representante elegido en la Asamblea de cada uno de los Foros Locales o Comarcales constituidos.

La Presidencia convocar谩 y presidir谩 las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. Representar谩 oficialmente a la Asociaci贸n. Conformar谩 y autorizar谩 los documentos necesarios y firmar谩, junto con la Tesorer铆a, las 贸rdenes de pago.

La Vicepresidencia tendr谩 las mismas atribuciones que la Presidencia cuando le sustituya por enfermedad, ausencia o delegaci贸n. Podr谩 tambi茅n realizar cuantas gestiones le fueran encomendadas por la Presidencia.

La Secretar铆a custodiar谩 los documentos de la Asociaci贸n, redactar谩 y firmar谩 las actas de las reuniones de la Junta Directiva y la Asamblea General. Autorizar谩 con su firma las certificaciones que se tengan que expedir y llevar谩 los libros de la Asociaci贸n.

La Tesorer铆a tendr谩 a su cargo los fondos de la Asociaci贸n, rendir谩 cuentas de la gesti贸n econ贸mica y preparar谩 el presupuesto anual. Firmar谩 junto con la Presidencia las 贸rdenes de pago.

Los Vocales, tanto los elegidos en Asamblea General como en las Asambleas de los Foros Locales o Comarcales constituidos, asistir谩n a las reuniones de la Junta Directiva con voz y voto.

Art. 14潞. Atribuciones de la Junta Directiva.
La Junta Directiva tiene atribuidas todas aquellas funciones que conduzcan al cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea General y de los fines de la Asociaci贸n.

Responder谩 ante la Asamblea General del cumplimiento de los acuerdos adoptados por la misma y de la gesti贸n desarrollada para alcanzar los fines propuestos.

Art. 15潞. Funcionamiento de la Junta Directiva.
La Junta Directiva acordar谩 por votaci贸n interna los cargos de cada uno de sus miembros elegidos por la Asamblea General.

Las reuniones de la Junta Directiva tendr谩n lugar siempre que sea convocada por la Presidencia o lo solicite uno de sus miembros. Tambi茅n, cuando encontr谩ndose presentes todos sus miembros, as铆 lo decidan por unanimidad.

Art. 16潞. Renovaci贸n de la Junta Directiva.
La Junta Directiva se renovar谩 cada dos a帽os, coincidiendo con una Asamblea General ordinaria.

Caso de que uno de los miembros de la Junta Directiva cesara antes de agotar el periodo para el que fue elegido, la propia Junta Directiva nombrar谩 con car谩cter interino a uno de sus miembros para ocupar la vacante mientras no sea convocada la Asamblea General ordinaria.

Art. 17潞. Adopci贸n de acuerdos por la Junta Directiva.
La Junta Directiva adoptar谩 sus acuerdos mediante votaci贸n y por mayor铆a simple. Cuando se produzca un empate en cualquier votaci贸n interna, decidir谩 el voto de calidad de la Presidencia.

Art. 18潞. R茅gimen Patrimonial y Ejercicio Asociativo.
La Asociaci贸n carece de patrimonio fundacional. Los fondos del Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia estar谩n constituidos por:

a) Las cuotas que aportan los asociados y asociadas.
b) Los donativos y legados que hagan asociados o terceras personas.
c) Las subvenciones oficiales y particulares.
d) Las rentas de patrimonio y otros ingresos que pudieran obtenerse.

A efectos de administraci贸n, contabilidad y documentaci贸n, el ejercicio asociativo coincidir谩 con el a帽o natural.

Art. 19潞. Disoluci贸n de la Asociaci贸n.
La Asociaci贸n se podr谩 disolver por acuerdo de la mayor铆a absoluta de los asociados y asociadas reunidos en Asamblea General extraordinaria convocada a tal fin.

Caso de acuerdo de disoluci贸n de la Asociaci贸n, los componentes de la 煤ltima Junta Directiva quedar谩n constituidos en Comisi贸n Liquidadora, que proceder谩 al pago de todas las deudas contra铆das. Los bienes resultantes deber谩n ser entregados a una instituci贸n ben茅fica.

Murcia, 15 de Mayo de 2004.

Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia, inscrita con el n潞 6677/1陋 en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Aut贸noma de la Regi贸n de Murcia,

La Asamblea General Extraordinaria del Foro Ciudadano de la Regi贸n de Murcia, en sesi贸n celebrada el d铆a quince de mayo de dos mil cuatro, aprob贸 por unanimidad la modificaci贸n de los Estatutos fundacionales de la Asociaci贸n, por los contenidos y art铆culos de los presentes Estatutos.

 

 
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